El 17 de diciembre se llevará a cabo ante la Sala Penal Especial de la Corte Suprema de Justicia de Perú una audiencia pública sobre el indulto concedido a Alberto Fujimori. En ese contexto, Amnistía Internacional señala que dicho tribunal tiene la oportunidad de hacer prevalecer las obligaciones internacionales del estado peruano con relación al indulto concedido a Alberto Fujimori. Asimismo, recordó al estado peruano que los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia y la reparación deben estar por encima de consideraciones políticas.

La Sala Penal Especial debe decidir en segunda instancia si confirma o no la resolución dictada el 3 de octubre de 2018 por el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria, la cual dio la razón a los familiares de las víctimas de los casos Barrios Altos y La Cantuta y declaró que el indulto que el entonces presidente Pedro Pablo Kuczynski le había otorgado el día 24 de diciembre de 2017 al expresidente Alberto Fujimori, condenado por delitos que constituyen crímenes de lesa humanidad, es inaplicable en el caso.

La Sala Penal Especial tiene la oportunidad de reivindicar los derechos de las víctimas y sus años de lucha, confirmando la resolución de primera instancia que declara que el indulto es nulo Erika Guevara Rosas, directora para las Américas de Amnistía Internacional

“La Sala Penal Especial tiene la oportunidad de reivindicar los derechos de las víctimas y sus años de lucha, confirmando la resolución de primera instancia que declara que el indulto es nulo” señaló Erika Guevara Rosas, directora para las Américas de Amnistía Internacional.

Amnistía Internacional reitera que en ninguna circunstancia un indulto, perdón u otras medidas de carácter humanitario deben traer como consecuencia la extinción del fallo pronunciado y de la pena impuesta. Las autoridades estatales deben garantizar que los responsables de crímenes de derecho internacional o graves violaciones de derechos humanos cumplan su pena, salvo en casos excepcionales, genuinamente acreditados. En ese sentido, antes de otorgar cualquier medida que pueda reducir la pena, deberán considerarse los posibles impactos en relación con la gravedad de los crímenes y los derechos de las víctimas, incluyendo su participación. De lo contrario, ello implicaría medidas que perpetúan la impunidad y que son, por ende, contrarias a las obligaciones de derecho internacional de los estados.

“La decisión tomada en primera instancia siguió claramente el camino marcado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos y mandó un mensaje claro que los crímenes de lesa humanidad no pueden quedar impunes", dijo Marina Navarro, directora ejecutiva de Amnistía Internacional Perú. “Esperamos que la Sala ratifique que el indulto otorgado es incompatible con las obligaciones internacionales del Estado peruano”.

Amnistía Internacional estará presente observando la audiencia pública que se llevará a cabo el 17 de diciembre de 2018 en el marco de este proceso.

Esperamos que la Sala ratifique que el indulto otorgado es incompatible con las obligaciones internacionales del Estado peruano Marina Navarro, directora ejecutiva de Amnistía Internacional Perú
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