EN ESTADO DE EMERGENCIA DEBEN GARANTIZARSE DERECHOS FUNDAMENTALES DE LAS PERSONAS

Ante la declaratoria de estado de emergencia en Lima y Callao por 45 días, demandamos a las autoridades peruanas garantizar los derechos fundamentales de las personas, tales como el derecho a la protesta pacífica.

De acuerdo a las normas internacionales, los estados de emergencia deben ser justificados por una situación de tal magnitud que no pueda atenderse sin la suspensión de derechos fundamentales como libertad personal, libertad de reunión, inviolabilidad de domicilio e inviolabilidad de las comunicaciones.

Por el riesgo que implica, las medidas que se tomen en el marco de un estado de emergencia deben responder a la situación extrema y excepcional que se pretende enfrentar. En tal sentido, recordamos a las autoridades su obligación de precisar la razón que motiva la declaratoria de emergencia en Lima y Callao, explicitar qué derechos serán limitados para conseguir el fin buscado, así como probar la legalidad de dichas medidas, su necesidad para atender la finalidad buscada, su proporcionalidad y que no existen medios menos lesivos para alcanzar el fin, y que la afectación ocasionada no resulta más perjudicial para el derecho que sea afectado que el beneficio obtenido.

Recordamos al Estado peruano que el mantenimiento del orden público interno y la seguridad ciudadana deben estar a cargo de la Policía Nacional del Perú. Además, que las normas internacionales de derechos humanos exigen asegurar el uso de las Fuerzas Armadas en labores de seguridad pública solo en casos estrictamente excepcionales.

Como han determinado consistentemente la Comisión y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la historia hemisférica demuestra que la intervención de las Fuerzas Armadas en cuestiones de seguridad interna en general se encuentra acompañada de violaciones de derechos humanos en contextos violentos. Por ello, los Estados deben limitar al máximo su uso para el control de disturbios internos, pues el entrenamiento que reciben está dirigido a derrotar al enemigo y no a la protección de las personas y el orden interno.

 

Lima, 3 de febrero de 2022

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