La Asamblea General de la ONU sólo deberá elegir candidatos y candidatas con un compromiso firme y demostrado con los derechos humanos.El Consejo de Derechos Humanos de la ONU es el órgano más eficaz para proteger y promover los derechos humanos cuando sus miembros muestran un compromiso firme con estos derechos. La elección de 18 nuevos miembros el16 de noviembre de 2012es una oportunidad para garantizar que sólo se eligen Estados que hayan demostrado un compromiso firme con la protección de los derechos humanos para integrar el Consejo.Las modalidades de elección de miembros del Consejo que la Asamblea General estableció en su Resolución 60/251 prevén un proceso dirigido a lograr que salgan elegidos Estados que hayan contraído ese compromiso[1]:
  • Los miembros del Consejo son elegidos de forma directa e individual. Para ser elegidos, los candidatos necesitan el apoyo de la mayoría de los miembros de la Asamblea General, es decir, un mínimo de 97 votos (párrafo operativo 7).
  • Los miembros del Consejo deberán aplicar las normas más estrictas en la promoción y protección de los derechos humanos y cooperar plenamente con el Consejo, incluidos sus mecanismos y órganos subsidiarios (párrafo operativo 9).
  • Los Estados miembros que voten en la Asamblea General deberán tener en cuenta la contribución de los candidatos a la promoción y protección de los derechos humanos (párrafo operativo 8).
  • Ya es práctica establecida que los candidatos y candidatas formulen compromisos voluntarios con los derechos humanos antes de las elecciones, y que éstos se publiquen en el sitio web de la ONU.
No existen miembros permanentes del Consejo, y todos los Estados pueden aspirar a participar en él. Una vez cumplidos dos períodos consecutivos como miembro del Consejo, un Estado no podrá optar a su reelección durante al menos un año (párrafo operativo 7).Amnistía Internacional insta a todos los Estados miembros de la ONU a respetar plenamente estas disposiciones y elegir únicamente a Estados que hayan demostrado su compromiso con la promoción y protección de los derechos humanos.Los grupos regionales deben asegurarse de que las elecciones son abiertas y reñidas, de forma que los miembros de la Asamblea General tengan una oportunidad real de elegir sólo a los Estados que hayan demostrado compromiso máximo con el respeto y la defensa de los derechos humanos. Esto exige que haya más candidatos que puestos vacantes por cada región. La práctica de presentar "listas limpias", haciendo que el número de candidatos coincida exactamente con el de escaños correspondientes a la región, es contraria al espíritu de la Resolución 60/251 de la Asamblea General, que prevé claramente unas elecciones reñidas.Cada Estado miembro de la ONU debe:
  • analizar cuidadosamente el expediente de derechos humanos de cada candidato y su compromiso demostrado con los derechos humanos, incluido lo expresado en sus compromisos electorales voluntarios;
  • votar sólo a los candidatos que cumplen las normas más estrictas, tal como dispone la Resolución 60/251, aunque en algunos casos esto signifique votar en blanco. En la elección de miembros del Consejo no debe tener cabida la práctica de negociar el intercambio de votos.
Un Estado que ha demostrado su compromiso con la protección de los derechos humanos es aquél que, entre otras cosas:
  • apoya acciones rápidas y eficaces de la ONU para abordar situaciones de violaciones de derechos humanos, incluidas violaciones graves y sistemáticas y emergencias de derechos humanos, sin aplicar selectividad o dobles raseros, y coopera plenamente con los procedimientos especiales del Consejo, respondiendo sin demora y significativamente a todas sus comunicaciones, facilitando sus peticiones de visitas, extendiéndoles una invitación permanente que se cumpla en la práctica, y teniendo en cuenta sus recomendaciones;
  • participa plenamente en el examen periódico universal, como Estado examinado y como Estado examinador, para garantizar que cada examen se centra en cómo mejorar la situación de los derechos humanos en el país examinado, que las recomendaciones formuladas en cada examen son concretas, mensurables y aplicables para abordar violaciones de derechos humanos, y que esas recomendaciones se siguen y aplican en el ámbito nacional;
  • ha ratificado los tratados fundamentales de derechos humanos, así como el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, ha retirado las reservas restrictivas formuladas a estos tratados, presenta informes periódicos sin retrasos y comparece ante los órganos de vigilancia de los tratados para debatirlos, y aplica sin demora y en su totalidad las recomendaciones formuladas por los órganos de vigilancia.
Los Estados miembros de la ONU que presenten su candidatura en las próximas elecciones deben:
  • presentar su candidatura al menos 30 días antes de las elecciones;
  • formular compromisos concretos, creíbles y mensurables para promover y proteger los derechos humanos en el ámbito nacional e internacional, teniendo en cuenta el documento Suggested Elements for Voluntary Pledges and Commitments by Candidates for Election to the Human Rights Council (Elementos sugeridos para que los países candidatos a las elecciones al Consejo de Derechos Humanos formulen sus promesas y compromisos voluntarios), elaborado por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos[2];
  • estar preparados para presentar sus compromisos y su visión del Consejo al debate público antes de las elecciones, previstas para el16 de noviembre de 2012.

Información complementaria

El Consejo de Derechos Humanos de la ONU lo componen 47 miembros. Los puestos se distribuyen entre los distintos grupos regionales de la siguiente manera: Grupo de Estados de África, 13; Grupo de Estados de Asia, 13; Grupo de Estados de Europa Oriental, 6; Grupo de Estados de América Latina y el Caribe, 8; y Grupo Occidental y Grupo de Estados de Europa occidental y otros Estados, 7. Para conseguir un puesto en el Consejo con un mandato de tres años, el Estado debe obtener apoyo mayoritario absoluto de los miembros de la Asamblea General, es decir, al menos 97 votos. Los miembros pueden solicitar sólo una vez la reelección inmediata. Los mandatos de 18 miembros del Consejo de Derechos Humanos concluyen el31 de diciembre de 2012: Arabia Saudí, Bangladesh, Bélgica, Camerún, China, Cuba, Estados Unidos, Federación Rusa, Hungría, Jordania, Kirguistán, Mauricio, México, Nigeria, Noruega, Senegal, Uruguay y Yibuti. En el momento de publicarse este documento se conocían las candidaturas de los siguientes países para las próximas elecciones[3]: • Grupo de Estados de África (5 vacantes): aún no hay candidaturas anunciadas• Grupo de Estados de Asia (5 vacantes): Emiratos Árabes Unidos*, Japón*, Pakistán• Grupo de Estados de Europa Oriental (2 vacantes): Estonia, Montenegro• Grupo de Estados de América Latina y el Caribe (3 vacantes): Argentina*, Brasil, Venezuela*• Grupo de Estados de Europa Occidental y otros Estados (3 vacantes): Alemania*, Estados Unidos*, Grecia*, Irlanda*, Suecia


[1] Resolución 60/251 de la Asamblea General de la ONU, adoptada el15 de marzo de 2006, párrafos operativos 7, 8 y 9.
[2] Suggested Elements for Voluntary Pledges and Commitments by Candidates for Election to the Human Rights Council, http://www2.ohchr.org/english/bodies/hrcouncil/docs/pledges.pdf.
[3] La negrita indica que el Estado solicita reelección inmediata; el asterisco (*) indica que el Estado ha formulado compromisos electorales.