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	<title>Sección Peruana de Amnistía Internacional &#124; Trabajamos para defender los Derechos Humanos en el Mundo &#187; Uncategorized</title>
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	<description>Noticias y acciones para defender los derechos humanos del Perú y el mundo</description>
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		<title>Hay que proteger a los civiles en los combates por Trípoli</title>
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		<pubDate>Mon, 22 Aug 2011 15:29:01 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Amnistía</dc:creator>
				<category><![CDATA[Uncategorized]]></category>

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		<description><![CDATA[Amnistía Internacional ha instado hoy a todas las partes del conflicto de Libia a proteger los derechos de los civiles y a salvaguardarlos de los ataques en el contexto de los avances del Consejo Nacional de Transición (CNT) por el control de la capital, Trípoli. &#8220;Estos son días transcendentales, pero también extremadamente peligrosos, para el [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://www.amnistia.org.pe/web/wp-content/uploads/2011/08/civiles-tripoli.jpg"><img class="foto" title="Ha habido celebraciones en zonas de Trípoli que han caído en manos del CNT. © Sghaier khaled/Demotix" src="http://www.amnistia.org.pe/web/wp-content/uploads/2011/08/civiles-tripoli.jpg" alt="" width="185" height="134" /></a>Amnistía Internacional ha instado hoy a todas las partes del conflicto de <strong>Libia </strong>a  proteger los derechos de los civiles y a salvaguardarlos de los ataques  en el contexto de los avances del Consejo Nacional de Transición (CNT)  por el control de la capital, Trípoli. <span id="more-2730"></span><br />
&#8220;Estos son días transcendentales, pero también extremadamente peligrosos, para el pueblo de <strong>Libia</strong>.  Todas las fuerzas deben respetar los derechos de los civiles y  garantizar que los combates en Trípoli y otros lugares no tienen como  consecuencia represalias para ellos,&#8221; ha afirmado <strong>Malcolm Smart</strong>, director del Programa Regional para Oriente Medio y el Norte de África de Amnistía Internacional.</p>
<p>&#8220;Los efectivos del CNT deben asegurarse de que a <strong>Saif al-Islam al-Gaddafi</strong> se le dispensará un trato humano y que será entregado con garantías de  seguridad y sin dilación a la Corte Penal Internacional para ser  sometido a juicio, y que actuarán del mismo modo con el coronel <strong>Gadafi </strong>en el caso de que sea capturado o se rinda.&#8221;</p>
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		<title>Carta abierta de Amnistía Internacional a los candidatos y candidatas presidenciales de las elecciones de Guatemala</title>
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		<pubDate>Tue, 16 Aug 2011 16:23:18 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Amnistía</dc:creator>
				<category><![CDATA[Uncategorized]]></category>

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		<description><![CDATA[Con motivo de la celebración de las próximas elecciones presidenciales en Guatemala el 11 de septiembre, Amnistía Internacional se dirige a todos los candidatos y candidatas presidenciales para hacerles llegar las preocupaciones de la organización sobre la situación de los derechos humanos en el país. Amnistía Internacional pide que se dé prioridad a la protección [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Con motivo de la celebración de las próximas elecciones presidenciales en Guatemala el 11 de septiembre, Amnistía Internacional se dirige a todos los candidatos y candidatas presidenciales para hacerles llegar las preocupaciones de la organización sobre la situación de los derechos humanos en el país. Amnistía Internacional pide que se dé prioridad a la protección de los derechos humanos de todos los guatemaltecos y guatemaltecas, sin discriminación.<span id="more-2720"></span></p>
<p>Los obstáculos al respeto de los derechos humanos en Guatemala continúan siendo significativos y generalizados en todo el país. La violación de los derechos humanos de ciertos sectores mayoritarios de la sociedad sigue siendo un elemento común que ha caracterizado a Guatemala desde su conflicto armado interno y durante las últimas décadas. Por ejemplo, además de soportar actos de violencia, las mujeres y niñas son víctimas frecuentes de discriminación por parte de la policía y los fiscales; los campesinos, muchas veces indígenas, ven cómo el brazo poderoso de la ley se manifiesta cuando hay que desalojarlos, pero se muestra ausente a la hora de hacer respetar sus derechos. Los defensores y defensoras de derechos humanos son víctimas en numerosas ocasiones de amenazas y ataques como consecuencia de su actividad, y aun así, sigue siendo la excepción a la regla que las autoridades actúen para ofrecerles protección.</p>
<p>Amnistía Internacional insta a todos los candidatos y candidatas a que se comprometan a priorizar el respeto, el fomento y la protección de los derechos humanos al completo. La organización le pide que se comprometa públicamente a llevar a cabo una serie de medidas concretas que, aunque no compongan una lista exhaustiva de recomendaciones sobre derechos humanos, pueden servir como un primer paso hacia la mejora de la situación de los derechos humanos de todos los guatemaltecos y guatemaltecas.</p>
<p><strong>Garantizar la investigación de delitos de genocidio, crímenes contra la humanidad, crímenes de guerra y otras violaciones de derechos humanos cometidas dura nte el conflicto armado interno, así como el procesamiento de las personas responsables.</strong></p>
<p>El conflicto armado interno de Guatemala, que concluyó en 1996, todavía sigue empañando la historia de los derechos humanos del país. Hasta el día de hoy, no se ha logrado que se haga justicia para la gran mayoría de las 200.000 víctimas y sus familiares, no han recibido ningún tipo de reconocimiento ni reparación. El léxico relacionado con graves violaciones de derechos humanos –genocidio, crímenes contra la humanidad, violación, tortura, crímenes de guerra y desapariciones forzadas- está vinculado al conflicto armado interno y a la historia moderna de Guatemala. Para que esta situación cambie, Guatemala necesita mirar al futuro enfrentándose a su pasado. Las víctimas tienen derecho a que se haga justicia, y la sociedad guatemalteca tiene derecho a saber quiénes son los responsables de estas graves violaciones de derechos humanos.</p>
<p>En algunos casos, se ha procesado con éxito a quienes cometieron violaciones de derechos humanos durante el conflicto armado interno. Durante los últimos años se han llevado ante los tribunales casos de desapariciones forzadas, se han juzgado en audiencia pública, y han concluido con la imposición de penas de cárcel a las personas declaradas culpables. Hacer justicia es posible. El 2 de agosto, un tribunal declaró culpables a cuatro ex miembros del ejército y los condenó a más de 6.000 años de cárcel por su participación en la masacre de Dos Erres de 1982, en la que fueron asesinadas más de 250 personas entre mujeres, hombres, niñas y niños. Asimismo, recientemente se abrió la primera causa en Guatemala por autoría intelectual del delito de genocidio. Es posible, por tanto, hacer justicia con las víctimas de violaciones de derechos humanos si se emplean medios efectivos de investigación y procesamiento, y si existe voluntad política por parte de las autoridades. Los avances logrados hasta el momento deben representar una fuente de esperanza e inspiración para saldar la deuda que el país tiene con la justicia. La gran mayoría de las víctimas y sus familiares todavía están a la espera de que se haga justicia; por ello, el nuevo presidente o la nueva presidenta de Guatemala tendrá que demostrar su voluntad política de tomar las medidas necesarias para lograrlo.</p>
<p><strong>Garantizar que el respeto de los derechos humanos se incorpora a las políticas y actuaciones orientadas a mejorar la situación de la seguridad pública.</strong></p>
<p>Los miles de homicidios y otros incidentes de delincuencia violenta que se producen actualmente año tras año en el país son indicativos de la debilidad del sistema de justicia penal, lo cual ha contribuido a agravar la precaria situación de la seguridad pública. El nuevo presidente o la nueva presidenta de Guatemala debe priorizar estos temas. Si se quiere poner fin a la impunidad, las mejoras en la protección de los derechos humanos y en la efectividad con la que la policía y el Ministerio Público investigan y enjuician los delitos deben ser una prioridad. El objetivo son soluciones duraderas que hagan frente a las debilidades subyacentes a la capacidad del Estado para garantizar la seguridad de sus ciudadanos y ciudadanas, así como su acceso a la justicia. El relator especial de la ONU sobre ejecuciones extrajudiciales publicó dos informes sobre Guatemala, en 2007 y 2009. Dijo de Guatemala que es un buen lugar “para cometer asesinatos, porque es casi seguro que el delito quedará impune”, y recomendó que se llevasen a cabo reformas y una ampliación del sistema de justicia penal del país, especialmente en la policía y el Ministerio Público, para poder investigar y enjuiciar de forma efectiva los homicidios.</p>
<p><strong>Aplicar mejoras en la investigación de actos de violencia contra la mujer, el trato de victimas, y la persecución penal de los responsables.</strong></p>
<p>Según los informes de la policía, 695 mujeres fueron asesinadas en 2010. No obstante, son pocos, o ninguno, los responsables llevados ante los tribunales. De acuerdo con las observaciones finales de 2009 sobre Guatemala publicadas por el Comité de la ONU para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, el clima de impunidad ante femicidios y actos de violencia contra las mujeres no se ha erradicado, y es necesaria una actuación mucho mayor. Debe ser una prioridad la formación del personal encargado de hacer cumplir la ley, así como del poder judicial y de los profesionales de la salud, en materia de sensibilización relacionada con cuestiones de género, para garantizar su concienciación y su capacidad de respuesta efectiva ante cualquier forma de violencia contra las mujeres. Áreas tales como la recopilación de pruebas forenses, el trato a las víctimas y otras cuestiones relacionadas directamente con las fases de investigación y enjuiciamiento de femicidios deben ser objeto de mejora. En concreto, el nuevo presidente o la nueva presidenta de Guatemala, como jefe o jefa de Estado, debe desempeñar un papel significativo en el impulso de políticas orientadas a mejorar el grado de coordinación entre los diferentes organismos del Estado que participan en la recopilación de información, en la coordinación de políticas relevantes, en la protección de víctimas y en la investigación y enjuiciamiento de casos relacionados con la violencia contra las mujeres.</p>
<p><strong>Acabar con la política de desalojos forzosos como medio de resolución de conflictos agrarios.</strong></p>
<p>El problema de la conflictividad agraria continúa manifestándose a través de desalojos forzosos, y en muchas ocasiones violentos, de comunidades rurales. La conflictividad agraria ha formado parte casi permanentemente del paisaje social de Guatemala. Son las comunidades rurales, normalmente indígenas, las que más sufren que el Estado no se enfrente a deficiencias tales como fiscales y jueces que no investigan de forma exhaustiva las reclamaciones de tierras, o que no atienda las frecuentes quejas legítimas de las comunidades rurales antes de recurrir a desalojos forzosos. Amnistía Internacional ya ha apuntado en otras ocasiones que la definición de “usurpación” en el Código Penal atenta contra el principio de legalidad según lo dictado por organismos internacionales de derechos humanos como la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que destaca la necesidad de una definición clara de las conductas tipificadas como delito. En la actualidad, el uso frecuente por parte del Ministerio Público del delito de usurpación para la resolución de conflictos agrarios contribuye en muchos casos a empeorar ciertos conflictos. Amnistía Internacional ha pedido en repetidas ocasiones la suspensión de los desalojos forzosos hasta que se subsanen tales deficiencias y se lleven a cabo las reformas necesarias.</p>
<p><strong>Garantizar la protección de los defensores y defensoras de derechos humanos.</strong></p>
<p>Durante muchos años, los defensores y defensoras de derechos humanos han estado sometidos a amenazas, ataques y otros actos de intimidación cuyo objetivo era impedir que realizasen su labor legítima. En 2010, las organizaciones locales de derechos humanos informaron sobre un total de 305 incidentes de intimidaciones, amenazas y/o agresiones contra defensores y defensoras de derechos humanos. La gran mayoría de estos actos no se investigan de forma efectiva ni se enjuician. Durante los últimos años, Amnistía Internacional ha detectado un aumento en las amenazas y agresiones contra defensores y defensoras de derechos humanos cuya labor se centra en los derechos económicos, sociales y culturales. Esta tendencia a hacer campaña contra las personas que trabajan para defender los derechos humanos en el ámbito de conflictos agrarios, proyectos de minería, conflictos laborales y otras áreas es un hecho preocupante que el nuevo presidente o la nueva presidenta debe afrontar. La impunidad por agresiones y amenazas contra defensores y defensoras de derechos humanos no tiene que ser necesariamente la norma, como lo demuestra la condena dictada el 28 de julio de 2011 contra una persona responsable de amenazas telefónicas contra la defensora de derechos humanos Norma Cruz. Si las amenazas se afrontan seriamente y se investigan, se puede ofrecer una mejor protección a los defensores y defensoras de derechos humanos. El nuevo presidente o la nueva presidenta de Guatemala, además de garantizar la protección de los defensores y defensoras de derechos humanos, debe reconocer públicamente la labor de estas personas en la defensa de los derechos humanos, y debe comprometerse a respetar la Declaración de la ONU sobre el Derecho y el Deber de los Individuos, los Grupos y las Instituciones de Promover y Proteger los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales Universalmente Reconocidos.</p>
<p><strong>Respeto de los compromisos internacionales en materia de derechos humanos.</strong></p>
<p>Amnistía Internacional espera que los candidatos presidenciales de Guatemala reafirmen en sus manifiestos el compromiso del país de cumplir con las normas internacionales de derechos humanos. En particular que se deben aplicarse las sentencias recientes de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, las decisiones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, y las observaciones finales y las recomendaciones de los mecanismos de la ONU para garantizar el cumplimiento de las obligaciones internacionales de derechos humanos de Guatemala. Asimismo, el nuevo presidente o la nueva presidenta debe establecer como objetivo prioritario la ratificación del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.</p>
<p>Amnistía Internacional espera que durante el periodo previo a las elecciones del 11 de septiembre, todos los candidatos y candidatas presidenciales concedan la prioridad adecuada a la promoción, el respeto y la protección de los derechos humanos, sin discriminación alguna. Amnistía Internacional esta muy interesada en escuchar las propuestas claras y específicas de los candidatos y candidatas en lo referente a este asunto. La consolidación del Estado de derecho, que incluye el respeto absoluto de los derechos humanos, debe convertirse en el objetivo general de todos ellos.</p>
<p>Para quien llegue a ser presidente o presidenta de Guatemala, las prioridades a las que deberá enfrentarse para dirigir el país serán muchas y muy diversas. Ante todo, Amnistía Internacional espera y confía en que se entiendan los derechos humanos no como un asunto secundario o aislado de los problemas diarios políticos y económicos del país, sino como una parte integral y fundamental de la sociedad guatemalteca. El objetivo del jefe o jefa de Estado, deberá ser la priorización de los derechos humanos, y la voluntad política que demuestre representará un componente fundamental de los esfuerzos de Guatemala en la mejora de la protección de los derechos humanos de sus ciudadanos.</p>
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		<title>Acción urgente (E.E.U.U.): Ex miembros del jurado se oponen a una ejecución en Oklahoma</title>
		<link>http://www.amnistia.org.pe/2010/03/19/accion-urgente-e-e-u-u-ex-miembros-del-jurado-se-oponen-a-una-ejecucion-en-oklahoma/</link>
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		<pubDate>Fri, 19 Mar 2010 16:35:21 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Amnistía</dc:creator>
				<category><![CDATA[Uncategorized]]></category>

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		<description><![CDATA[Está previsto que Richard Smith, de 47 años, sea ejecutado en Oklahoma, Estados Unidos, el 8 de abril. Fue declarado culpable de asesinato en 1987. Lleva condenado a muerte más de la mitad de su vida. Varios miembros del jurado que lo juzgó se oponen ahora a su ejecución, al igual que un hermano de [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://www.amnistia.org.pe/web/wp-content/uploads/2009/12/penademuerteusa.jpg"><img class="foto" title="Pena de muerte en E.E.U.U." src="http://www.amnistia.org.pe/web/wp-content/uploads/2009/12/penademuerteusa.jpg" alt="" width="185" height="134" /></a>Está previsto que Richard Smith, de 47 años, sea ejecutado en Oklahoma, Estados Unidos, el 8 de abril. Fue declarado culpable de asesinato en 1987. Lleva condenado a muerte más de la mitad de su vida. Varios miembros del jurado que lo juzgó se oponen ahora a su ejecución, al igual que un hermano de la víctima.<span id="more-1178"></span></p>
<p>Richard Smith fue declarado culpable del asesinato de John Cederlund. Según las pruebas presentadas en su juicio, la noche del 21 de julio de 1986, Richard Smith, de 23 años, y dos mujeres, Pamela Rutledge y Rita Cagle, condujeron hasta dos casas en la ciudad de Oklahoma para adquirir metanfetamina (“crank”). Algo después de la medianoche, los tres salieron de la segunda casa junto con John Cederlund, un conocido traficante de drogas, y condujeron hasta la zona rural del condado de Canadian. Basándose principalmente en el testimonio de Pamela Rutledge y Rita Cagle, que no fueron acusadas, la acusación afirmó que Richard Smith decidió robar a John Cederlund las drogas y el dinero pero, cuando éste dijo que no llevaba dinero, Smith le disparó.</p>
<p>Antes del juicio, la fiscalía ofreció a Richard Smith una condena de cadena perpetua a cambio de que se declarara culpable, pero él rechazó la oferta. En su juicio en marzo de 1987, el jurado lo declaró culpable de asesinato en primer grado. En la fase procesal de determinación de la pena, el abogado defensor apenas presentó pruebas, ni el testimonio de ningún experto, para tratar de persuadir al jurado de que no condenara a su cliente a muerte. Los testimonios y pruebas presentados por el abogado en la fase de determinación de la pena fueron descritos en 2005 por un tribunal federal de primera instancia como “vergonzosos por su brevedad, su fracaso a la hora de humanizar [a Smith] o de explicar sus actos”. Los testimonios y pruebas de la defensa ocupaban menos de tres páginas de la transcripción del juicio, y consistían en la confirmación, por parte de la madre del acusado, de que éste había recibido tratamiento de “médicos psiquiatras” en California unos 10 años antes, pero la madre no recordaba ningún detalle. El otro único testigo presentado por la defensa fue la hermana de Richard Smith, cuya breve comparecencia consistió únicamente en pedir al jurado que diera a su hermano “una oportunidad”.</p>
<p>En 1992, una psicóloga y un neurofarmacólogo contratados para el proceso de apelación revelaron que Richard Smith había tenido una infancia y una adolescencia caracterizados por el abandono y los abusos sistemáticos, y que sufría graves trastornos mentales. En 2008, la Corte de Apelación del Décimo Circuito señaló que la investigación del abogado para la fase de determinación de la pena había comenzado “entre tan sólo siete y diez días antes del juicio”, y “volviendo la vista atrás, hay mucho más que podría haberse presentado, incluidos los abusos sufridos [por Smith] durante su infancia, sus problemas de adicción, sus problemas psicológicos, su lesión cerebral y su inteligencia límite”. No obstante, al igual que el tribunal federal de primera instancia, la Corte del Décimo Circuito confirmó la condena de muerte.<br />
Menos de ocho meses después del juicio de Richard Smith, Oklahoma adoptó la cadena perpetua sin posibilidad de libertad condicional como pena optativa en el estado. Seis miembros del jurado del juicio original han firmado declaraciones en las que dicen que no habrían votado en favor de la ejecución si hubieran tenido la opción de la cadena perpetua sin posibilidad de condicional, o que no se opondrían a que ahora su condena de muerte se conmutara por este tipo de cadena perpetua. Un hermano de la víctima también apoya la petición de indulto.</p>
<p><strong>ESCRIBAN INMEDIATAMENTE en inglés o en su propio idioma, utilizando sus propias palabras:</strong></p>
<ul>
<li>explicando que no pretenden disculpar el homicidio de John Cederlund;</li>
<li>expresando preocupación porque el jurado que condenó a Richard Smith a muerte no tenía información sobre los antecedentes de abandono, abusos y trastornos mentales del joven acusado cuya vida estaba en sus manos;</li>
<li>señalando que seis de los miembros del jurado original han firmado declaraciones juradas en las que indican que apoyan el indulto;</li>
<li>oponiéndose a la ejecución de Richard Smith y pidiendo que se conmute su condena de muerte.</li>
</ul>
<p><strong>ENVÍEN LLAMAMIENTOS ANTES DEL 8 DE ABRIL DE 2010 A:</strong><br />
<strong>Hasta el 24 de marzo: </strong><br />
Junta de Indultos y Libertad Condicional de Oklahoma<br />
Oklahoma Pardon and Parole Board, First National Center, 120 N. Robinson Ave., Suite 900W, Oklahoma City, OK 73102, EE. UU.<br />
Fax:         +1 405 602-6437<br />
Correo-e:     <a href="mailto:ronnie.ladd@ppb.state.ok.us" target="_blank">ronnie.ladd@ppb.state.ok.us</a><br />
Tratamiento:     Dear Board Members / Sres. Miembros de la Junta</p>
<p><strong>Antes y después del 24 de marzo: Gobernador</strong><br />
Governor Brad Henry<br />
State Capitol Building, 2300 N. Lincoln Blvd., Room 212<br />
Oklahoma City, OK 73105, EE. UU.<br />
Fax:         +1 405 521 3353<br />
Correo-e. desde Estados Unidos, vía:     <a href="http://www.gov.ok.gov/message.php " target="_blank">http://www.gov.ok.gov/message.php </a><br />
Tratamiento:     Dear Governor / Sr. Gobernador</p>
<p><strong>INFORMACIÓN ADICIONAL</strong><br />
Donald Cederlund, hermano menor de John Cederlund, ha firmado una declaración de apoyo al indulto de Richard Smith. En ella dice que, tras examinar la transcripción del juicio: “Creo que el sr. Smith no debería ser ejecutado; y su condena debería cambiarse a cadena perpetua [...] Este fue un crimen provocado por las drogas, y el sr. Smith no tenía intención de quitar a mi hermano la vida”. Desde el juicio, Rita Cagle ha declarado que, la noche del crimen, “hubo un forcejeo por el arma entre [Smith y John Cederlund] y, durante el forcejeo, el arma se disparó y [Cederlund] recibió un disparo. No podría asegurar si [Smith] disparó a [Cederlund] a propósito o no”.<br />
Según los informes de la psicóloga y el neurofarmacólogo contratados durante la apelación de Smith, el padre de Richard Smith estuvo en prisión durante los ocho primeros años de vida de su hijo, y tras su liberación solía enzarzarse en peleas físicas con el muchacho, al que además enseñaba a hurtar en tiendas, robar autos y asaltar casas. La madre de Richard Smith se volvió a casar, pero su esposo ejercía violencia física contra su hijastro. A los 11 o 12 años, Richard Smith huyó de su casa y fue capturado por las autoridades y enviado a un centro de menores, donde trató de suicidarse para que no lo enviaran de vuelta a su casa. A su regreso a casa, su padrastro le dio una paliza y, durante dos semanas, estuvo esposado y encerrado en un armario durante la noche. A los 12 años se fue a vivir con su padre; allí empezó a consumir alcohol y drogas, y presenció cómo su padre se inyectaba anfetaminas por vía intravenosa. En los años siguientes fue pasando de mano en mano, entre su madre, su padre y otros familiares; vivió en cinco estados y asistió a más de una decena de escuelas. A los ocho años había empezado a consumir marihuana, y después había empezado a esnifar pegamento y gasolina. A los 14 o 15, se inyectaba metanfetamina  cuatro veces al día, fumaba marihuana y se administraba inyecciones de cocaína mezclada con metanfetamina dos veces a la semana, además de beber whisky. A los 17, empezó a inyectarse heroína junto con metanfetamina o cocaína, También consumía LSD, que se inyectaba por vía intravenosa.</p>
<p>Como parte de la evaluación posterior a la condena, a Richard Smith le diagnosticaron esquizofrenia crónica; también se determinó que había sufrido lesiones múltiples en la cabeza. Según la psicóloga, no recibió tratamiento adecuado durante su juventud, y su enfermedad mental se vio agravada por su consumo de alcohol y drogas, y su probable daño cerebral. La psicóloga concluyó que, en el momento del delito, la capacidad de Smith para adaptar su conducta a la ley estaba probablemente muy dañada. En la resolución dictada por el tribunal federal de primera instancia sobre el caso en 2005, el juez resolvió que, para los estándares actuales, el hecho de que el abogado que defendió a Richard Smith durante el juicio “no solicitara fondos o el nombramiento de un psiquiatra para que le ayudara en la fase procesal de determinación de la pena no fue objetivamente razonable”. Pese a ello, el juez confirmó la condena de muerte, declarando que, tal como se encontraba la ley en 1987, no podía dictaminar que la conducta del abogado fuera “profesionalmente poco razonable” en aquel momento.<br />
Tres miembros del jurado que juzgó a Smith han declarado que, si la cadena perpetua sin posibilidad de libertad condicional hubiera sido una opción durante el juicio, habrían votado por ella, no por la muerte. Un cuarto miembro ha manifestado que cree que la cadena perpetua sin posibilidad de libertad condicional es la “condena apropiada” en este caso. Otros dos han dicho que no se opondrían a que la condena de muerte se conmutara por cadena perpetua sin posibilidad de libertad condicional. Dos de estos miembros del jurado han declarado que no les causó buena impresión la actuación del abogado defensor durante el juicio, y uno ha mencionado el “caso sin fundamento” que presentó en la fase de determinación de la pena. Otro recordó haber sentido que las dos principales testigos de cargo (Pamela Rutledge y Rita Cagle) eran cómplices del delito y que “no se trataba de un caso de abrir y cerrar, en el que la culpabilidad de Richard Smith estuviera clara”. Otra miembro del jurado señaló “todas las noticias recientes sobre condenas erróneas” y manifestó que ahora siente “una honda preocupación por el hecho de que el Estado ejecute al sr. Smith”, que no era uno de “los peores de los peores” delincuentes ni era responsable del “peor de los peores” delitos para los que se supone que se reserva la pena de muerte en Estados Unidos.</p>
<p>Amnistía Internacional se opone a la pena de muerte, en todos los casos y en todos los países. Estados Unidos ha llevado a cabo 1.198 ejecuciones desde que se reanudaron los homicidios judiciales en 1977. Oklahoma ha sido responsable de 92 de estas ejecuciones. Por población, Oklahoma tiene el índice de ejecuciones más alto de Estados Unidos. En el país se han llevado a cabo 10 ejecuciones en lo que va de año.</p>
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		<title>Pakistán: El gobierno debe facilitar información a los tribunales sobre casos de desaparición</title>
		<link>http://www.amnistia.org.pe/2010/02/08/pakistan-el-gobierno-debe-facilitar-informacion-a-los-tribunales-sobre-casos-de-desaparicion/</link>
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		<pubDate>Mon, 08 Feb 2010 19:31:33 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Amnistía</dc:creator>
				<category><![CDATA[Uncategorized]]></category>

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		<description><![CDATA[Amnistía Internacional ha señalado hoy que el gobierno paquistaní debe acatar las últimas órdenes judiciales a fin de resolver la crisis de desapariciones forzadas que afecta al país. Durante una vista celebrada el 28 de enero, el Tribunal Supremo concedió al fiscal general Shah Khawar dos semanas para localizar a Masood Janjua, empresario de Rawalpindi, [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><img src="file:///C:/DOCUME%7E1/INTEL/CONFIG%7E1/Temp/moz-screenshot.png" alt="" /><a href="http://www.amnistia.org.pe/web/wp-content/uploads/2010/02/display2.jpg"><img class="foto" title="display" src="http://www.amnistia.org.pe/web/wp-content/uploads/2010/02/display2.jpg" alt="" width="184" height="135" /></a>Amnistía Internacional ha señalado hoy que el gobierno paquistaní debe acatar las últimas órdenes judiciales a fin de resolver la crisis de desapariciones forzadas que afecta al país.<br />
<span id="more-970"></span><br />
Durante una vista celebrada el 28 de enero, el Tribunal Supremo concedió al fiscal general Shah Khawar dos semanas para localizar a Masood Janjua, empresario de Rawalpindi, que el 30 de julio de 2005 desapareció junto con Faisal Faraz durante un viaje en autobús a Peshawar, y a Atiq-ur Rehman, que el 25 de junio de 2004, día de su boda, fue detenido en Abbotabad, provincia de la Frontera Noroeste.</p>
<p>El Tribunal Supremo, en respuesta a una petición de la Comisión de Derechos Humanos de Pakistán, organismo independiente, ordenó también al gobierno que facilitase información sobre ciudadanos paquistaníes entregados a la custodia de las autoridades estadounidenses durante el mandato del presidente Musharraf.</p>
<p>Por otra parte, el 2 de febrero el Tribunal Superior de Peshawar concedió al Ministerio del Interior dos semanas para facilitar información sobre casos de desaparición forzada pendientes de resolución ante el tribunal. El fiscal general adjunto Iqbal Mohammad afirmó que facilitaría al tribunal un listado de personas desaparecidas recluidas bajo custodia de las agencias de información y de las fuerzas de seguridad.</p>
<p>Amnistía Internacional insta al gobierno paquistaní a cumplir los plazos establecidos por el Tribunal Supremo y por el Tribunal Superior de Peshawar, a facilitar información detallada sobre el lugar donde se mantiene recluidas a cientos de personas, víctimas de desaparición forzada, a investigar todos los casos y a hacer que rindan cuentas las personas responsables —entre otras, las que trabajan para las agencias de información y de seguridad del país—.</p>
<p>A pesar del compromiso reiterado de solucionar la crisis de “desapariciones” del país, el gobierno civil de Pakistán no ha revelado las conclusiones de la investigación llevada a cabo sobre los cientos de casos de personas que se cree que el gobierno mantiene recluidas en secreto como parte de la denominada “guerra contra el terror”, o en respuesta a la oposición interna, por ejemplo, en Baluchistán. Tampoco ha cumplido la promesa, hecha en mayo de 2008, de adherirse a la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas.</p>
<p>Las desapariciones forzadas se caracterizan por el secretismo oficial que las envuelve, por lo que resulta difícil determinar a cuántas personas ha sometido a desaparición forzada el gobierno paquistaní a lo largo de los años. Según Defensa de los Derechos Humanos, organización pakistaní que hace campaña en favor de los familiares de las personas desaparecidas, de los 416 casos de desaparición forzada presentados en el Tribunal Supremo desde 2005, 195 siguen pendientes desde el 3 de noviembre de 2007. El gobierno afirma que se calcula que, desde 2008, han desaparecido 1.600 personas, mientras que otros grupos afirman que han desaparecido decenas de miles de pakistaníes.</p>
<p>Durante la vista celebrada ante el Tribunal Supremo, el fiscal general presentó un informe en nombre de los ministros de Defensa e Interior, en el que se afirmaba que ni el Servicio de Información del Ejército ni los Servicios de Información mantenían recluido a Masood Janjua. El tribunal calificó la respuesta de imprecisa y señaló que no se habían tenido en cuenta las pruebas recabadas por Amina Janjua sobre la desaparición de su esposo. El tribunal advirtió asimismo que citaría a los ministros de Defensa e Interior si no se presentaba un informe basado en datos objetivos.</p>
<p>Amnistía Internacional insta al gobierno paquistaní a resolver de inmediato todos los actos de desaparición forzada; a garantizar la liberación inmediata de todas las personas a las que se mantenga recluidas en secreto, salvo que sean trasladadas a centros de detención oficiales, acusadas de delitos comunes reconocibles y puestas en prisión preventiva por un tribunal independiente; y a poner a disposición judicial a los funcionarios responsables de cometer estos actos. Las víctimas, incluidos sus familiares, deben recibir reparación de acuerdo con las normas internacionales.</p>
<p>Información complementaria:<br />
Amnistía Internacional ha pedido en varias ocasiones explicaciones al gobierno sobre las desapariciones forzadas. En 2008, la organización se sirvió de actas judiciales oficiales y declaraciones juradas de víctimas y testigos de desapariciones forzadas para demostrar cómo los funcionarios del Estado, en especial los de las agencias de información y de seguridad del país, recurrían a diversas tácticas para ocultar las desapariciones forzadas, entre otras: negar que la detención se ha producido, afirmar que se desconoce la suerte y el paradero de la persona desaparecida, negarse a obedecer órdenes judiciales, ocultar la identidad de las autoridades responsables de la detención, trasladando, por ejemplo, a la persona desaparecida a otro lugar secreto, amenazándola con hacerle daño o con hacerla desaparecer nuevamente y presentando cargos falsos para ocultar desapariciones forzadas. Para más información sobre desapariciones forzadas en Pakistán, véase:</p>
<p>Negar lo innegable. Desapariciones forzadas en Pakistán  (informe, julio de 2008)<br />
<a href="http://www.amnesty.org/es/library/info/ASA33/018/2008/es " target="_blank">http://www.amnesty.org/es/library/info/ASA33/018/2008/es </a></p>
<p>Pakistan: Amnesty International welcomes Supreme Court move to hear disappearances cases (declaración pública, 20 de noviembre de 2009)<br />
<a href="http://www.amnesty.org/es/library/info/ASA33/011/2009/en " target="_blank">http://www.amnesty.org/es/library/info/ASA33/011/2009/en </a></p>
<p>Pakistán: Hay que resolver los centenares de “desapariciones” de baluchis (declaración pública, 25 de febrero de 2009)<br />
<a href="http://www.amnesty.org/es/library/info/ASA33/001/2009/es" target="_blank">http://www.amnesty.org/es/library/info/ASA33/001/2009/es</a><!--more--></p>
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